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Lección 2 de 7 · 11 min

Derechos y obligaciones del trabajador en prevención de riesgos laborales

Al terminar sabrás qué puedes exigir a tu empresa en prevención y qué se espera de ti.

Una encargada explica a un mozo joven cómo usar la transpaleta en el almacén de un supermercado
En esta lección
  1. Lo que puedes exigir
  2. Lo que te toca a ti
  3. Parar el trabajo: cuándo y cómo

Yeray empieza el lunes como mozo en un supermercado. Le enseñan la caja, el almacén y la transpaleta eléctrica en diez minutos, y nadie le explica qué riesgos tiene el puesto. ¿Puede pedir más? Sí. Y él también tiene deberes desde el primer día.

Lo que puedes exigir

  • Información (art. 18) sobre los riesgos de la empresa y, directamente a ti, sobre los riesgos concretos de tu puesto y las medidas para evitarlos, también qué hacer en una emergencia.
  • Consulta y participación (art. 18) la empresa debe consultar a la plantilla en lo que afecte a la seguridad y la salud, y puedes hacer propuestas para mejorarla.
  • Formación (art. 19) teórica y práctica, suficiente y adecuada, al contratarte (sea cual sea el contrato y su duración) y cuando cambien tus funciones, los equipos o la tecnología. Centrada en tu puesto, dentro de la jornada siempre que se pueda (o descontando ese tiempo de la jornada) y gratis.
  • Parar ante un riesgo grave e inminente (art. 21) puedes interrumpir la actividad y, si hace falta, salir del lugar de trabajo cuando consideres que hay un riesgo grave e inminente para tu vida o tu salud. No te pueden perjudicar por ello, salvo mala fe o negligencia grave.
  • Vigilancia de la salud (art. 22) reconocimientos médicos según los riesgos del puesto. Por regla general son voluntarios, y la empresa solo conoce si eres apto o no, no tu historial.

¿Verdadero o falso?

Si tu contrato es de solo dos semanas, la empresa no está obligada a darte formación en prevención.

Lo que te toca a ti

Cada persona debe velar por su propia seguridad y por la de quienes puedan verse afectados por lo que hace (art. 29). En concreto, con la formación y las instrucciones recibidas:

Tus obligaciones (art. 29.2)

  1. Usar bien las máquinas, herramientas, productos y vehículos con los que trabajas.
  2. Usar correctamente los equipos de protección que te da la empresa.
  3. No desconectar ni anular los dispositivos de seguridad (la reja de la cortadora, el sensor de la puerta).
  4. Avisar de inmediato a tu superior directo, y a quien lleve la prevención, de cualquier situación que creas razonablemente peligrosa.
  5. Cumplir lo que mande la autoridad competente en seguridad y salud.
  6. Cooperar con la empresa para que el trabajo sea seguro.

Clasifica

¿Es un derecho de la persona trabajadora o una obligación suya?

¿Dónde va?

Parar el trabajo: cuándo y cómo

Ejemplo

Ejemplo resuelto: el cuadro eléctrico

Carmen, recepcionista de noche, huele a quemado y ve humo saliendo del cuadro eléctrico del cuarto de equipaje. Llama a mantenimiento y no contesta nadie.

Puede y debe interrumpir lo que está haciendo, alejarse y alejar a los clientes de la zona, y seguir el plan de emergencia del hotel (avisar al 112 si hace falta). Después informa a su responsable. No le pueden sancionar por haber dejado el mostrador: había un riesgo grave e inminente.

¿Qué harías?

Ahmed trabaja en un almacén de bebidas. Ve que una estantería alta, cargada de cajas de botellas, se ha inclinado y cruje cada vez que pasa la carretilla. Su jefe directo está de vacaciones. ¿Qué hace?

Ideas clave

  • Tienes derecho a información y formación sobre tu puesto, gratis y en horario de trabajo.
  • La formación se da al empezar, sea cual sea el contrato, y cuando cambia tu trabajo.
  • Ante un riesgo grave e inminente puedes parar y salir sin que te puedan perjudicar.
  • Usar los equipos, no anular protecciones y avisar de los riesgos son obligaciones tuyas.

✓¡Lección completada! Sigue cuando quieras.